El Gobierno de Canarias multará por los rescates por imprudencias

La futura Ley de Protección Civil permitirá sancionar a quienes ignoren las alertas meteorológicas y precisen auxilio

El Gobierno de Canarias multará las imprudencias en rescates antes de terminar el 2026. La Dirección General de Emergencias modificará la ley para cobrar estos operativos a los infractores. Esta medida busca reducir los riesgos innecesarios en las costas y montes del archipiélago.

Informa: Redacción Informativos RTVC

El Ejecutivo autonómico ultima la redacción de la Ley de Protección Civil y Emergencias. Esta norma permitirá abrir expedientes para reclamar el coste total del despliegue realizado. Por consiguiente, los ciudadanos deberán asumir los gastos generados por su conducta temeraria.

Fernando Figuereo, director general de Emergencias, confirma que sancionarán a quienes ignoren las banderas rojas. También pagarán el rescate quienes realicen actividades con alertas por viento o lluvia. El organismo tramitará el cobro de forma automática tras identificar la negligencia.

Hasta este momento, el Gobierno no sancionaba estos comportamientos de manera generalizada. Solo algunos cabildos o consorcios locales actuaban en casos muy particulares y específicos. La nueva ley unificará los criterios de actuación en todas las islas.

Control sobre el turismo

Casi el 80 % de los rescatados por imprudencias en las islas son turistas extranjeros. Las autoridades encontraban serias dificultades para identificar a estas personas antes de su partida. Debido a esto, muchos expedientes quedaban sin resolver por falta de datos.

La situación cambiará radicalmente con la participación directa de los cuerpos de seguridad. A partir de ahora, un agente del Estado estará presente en cada intervención. Estos efectivos sí poseen la potestad legal para filiar a los infractores.

Gracias a esta colaboración, los datos se recogerán en el mismo momento del auxilio. El Gobierno evitará así que los responsables abandonen el archipiélago sin ser notificados.

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