Hasta 11.000 euros de ayuda para que los jóvenes canarios compren una casa

El Gobierno de Canarias publica una nueva convocatoria de ayudas a la adquisición de la vivienda para jóvenes, que da hasta 11.000 euros por persona beneficiaria

La Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad ha publicado este jueves en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) la convocatoria de subvenciones para el fomento de la adquisición de vivienda por parte de jóvenes en Canarias correspondiente al ejercicio 2026, dotada con 3 millones de euros.

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La convocatoria contempla como subvencionables las adquisiciones formalizadas entre el 1 de enero de 2025 y la finalización del plazo de presentación de solicitudes, que permanecerá abierto durante 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOC, según ha precisado la Consejería en una nota.

Las solicitudes deberán presentarse preferentemente por vía electrónica a través de la sede del Gobierno de Canarias, mediante certificado digital, sistema Cl@ve u otros mecanismos habilitados. El modelo oficial estará disponible en la página web del Instituto Canario de la Vivienda.

Sobre la convocatoria

La convocatoria incorpora criterios que ampliarían el alcance de la ayuda, permitiendo acceder a viviendas de hasta 170.000 euros en islas capitalinas y hasta 200.000 euros en islas no capitalinas o en familias numerosas.

La subvención máxima, sin contar los gastos y tributos inherentes a la adquisición, asciende a 11.000 euros por persona beneficiaria.

Podrán beneficiarse jóvenes de hasta 35 años que hayan adquirido una vivienda ya construida y destinada a su residencia habitual, mediante escritura pública formalizada en del periodo establecido. La vivienda deberá ubicarse en Canarias y respetar los límites de precio fijados, excluidos impuestos y gastos asociados.

Los solicitantes deberán contar con nacionalidad española o residencia legal en España, haber financiado al menos el 50 % del coste de adquisición mediante préstamo hipotecario y acreditar que los ingresos de su unidad de convivencia no superan los límites en función del IPREM: tres veces con carácter general, cuatro en supuestos de familias numerosas de categoría general o discapacidad, y hasta cinco veces en situaciones específicas.

Entre los requisitos, se exige igualmente el empadronamiento en la vivienda adquirida -o su solicitud previa- antes de la finalización del plazo, así como el compromiso de destinarla a residencia habitual durante al menos cinco años, periodo en el que no podrá ser vendida ni alquilada sin autorización expresa del ICAVI.

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