La condena, ya en firme, confirma que Luis Pérez Fernández, conocido como Alvise Pérez, eurodiputado y líder de Se Acabó La Fiesta, tendrá que pagar 10.000 euros al jefe superio de Policía de Canarias
El Tribunal Supremo ha declarado firme la condena impuesta al Luis Pérez Fernández, conocido como Alvise Pérez, eurodiputado y líder de Se Acabó La Fiesta, a pagar 10.000 euros de indemnización al jefe superior de Policía de Canarias por intromisión ilegitima en sus derechos a la intimidad personal y la propia imagen con la publicación de un mensaje en Telegram.

Fotos personales y currículum
La sentencia se refiere a la difusión en su cuenta en Telegram, el 1 de marzo de 2023, de un mensaje que contenía la foto de Jesús María Gómez Martín junto al extracto de su currículum extraído de la página oficial de la Policía y otra imagen del jefe policial con su pareja sentimental posando frente a un espejo.
Junto a esa imagen se publicaba el siguiente comentario: “Aquí tenéis al Jefe Superior de Policía de Canarias recientemente nombrado por el PSOE junto a otra foto de alguien que ¿parece su gemelo? Fue ascendido tras el escándalo de las maletas de Delcy y Ábalos (durante el cual era el responsable del puesto fronterizo del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas aquella noche). Adivinad en qué Tribunal está su hermana. No es personal, políticos y mercenarios. Tan sólo estoy mandando un mensaje: Vamos a por vosotros. Mañana, más».
La publicación fue vista por decenas de miles de personas y tuvo más de 670 comentarios, muchos de ellos «insultantes y vejatorios», señala el Supremo.
Condenado en primera instancia y en el Supremo
Un juzgado de primera instancia de Las Palmas de Gran Canaria consideró que el eurodiputado había cometido una intromisión ilegítima en los derechos a la intimidad personal y la propia imagen del jefe policial y le declaró además responsable de los daños a su honor ocasionados por los comentarios de terceros a su publicación.
Por todo ello le condenaba a retirar la publicación, publicar la sentencia e indemnizar al perjudicado con 10.000 euros, en una resolución que se confirmó íntegramente por la Audiencia Provincial.
Ahora el Supremo convierte en firme esa sentencia al inadmitir el recurso de casación interpuesto por el condenado al que además impone el pago de las costas del proceso.


