El Gobierno regional pretende proteger a las personas que, en un contexto laboral o profesional, detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves
El Gobierno de Canarias ha iniciado los trabajos para implantar los procedimientos y mecanismo previstos en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que entró en vigor el pasado lunes.
Según ha explicado la directora general de Modernización y Calidad de los Servicios, Amaya Conde, esta ley tiene como finalidad proteger, frente a las represalias que puedan sufrir, a las personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los mecanismos regulados en la misma.
Esta ley, que proviene de una directiva europea de 2019 sobre la seguridad de aquellas personas que informan sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea, pretende amparar a los ciudadanos que denuncien posibles irregularidades y corrupción en la Administración pública y en la empresa privada.
Con este propósito, prohíbe las represalias contra el denunciante y protege a intermediarios, compañeros o familiares del mismo.
Sanciones de hasta un millón de euros para quienes carguen contra denunciantes
En su implantación trabajan, entre otros centros directivos de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, las direcciones generales de Modernización y Calidad de los Servicios, Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías, y la Secretaría General Técnica.
La ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción establece sanciones que pueden llegar al millón de euros para quienes tomen represalias contra estos denunciantes.
Impedir o dificultar una denuncia, no cumplir con el derecho de confidencialidad o por practicar represalias puede suponer una multa de 50.000 euros.
La ley también obliga a que existan sistemas internos de recepción de denuncias de corrupción en empresas de más de cincuenta trabajadores, partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones que dependan de estos; universidades, sociedades y fundaciones que integran el sector público, corporaciones públicas y todos los órganos constitucionales.
En el caso de los municipios de menos de 10.000 habitantes podrán compartir el sistema y los recursos entre sí o con otras administraciones.
Además, fija la creación de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, un canal autónomo y complementario al de cada institución, mediante el que cualquier persona podrá presentar denuncias anónimas.