El senador de Coalición Canaria, Fernando Clavijo, alega que «en todo momento» defendió el interés público municipal. Su defensa alega que el «caso Reparos» se abrió incurriendo en un «inequívoco fraude procesal»
El senador Fernando Clavijo (CC) ha solicitado al Juzgado de Instrucción número 4 de La Laguna (Tenerife) que archive el caso en el que se investiga si delinquió o no como alcalde de la ciudad al prorrogar diversos contratos municipales contra el criterio del interventor. Asegura que «en todo momento» defendió el interés público municipal. En un escrito fechado este lunes, 14 de marzo, al que ha tenido acceso Efe, la defensa de Clavijo sostiene que la pieza separada del llamado «caso Reparos» que afecta al exalcalde de La Laguna se abrió incurriendo en un «inequívoco fraude procesal», porque, desde su punto de vista, el plazo legal de investigación ya había vencido.
Más allá de eso, el letrado Javier Velasco Armendral sostiene que en los hechos que se atribuyen a Clavijo no existe base legal suficiente para acusarle de prevaricación o malversación. Todo en contra de lo que plantea el concejal de la oposición Santiago Pérez, promotor de la querella que ha dado origen a este caso.
Anticorrupción aprecia indicios de prevaricación en el «caso Reparos»
En este procedimiento también está personada la Fiscalía Anticorrupción, que sí aprecia indicios de prevaricación en la decisión «de la alcaldía del Ayuntamiento de La Laguna» de dar continuidad «reiteradamente a contratos de servicios públicos extinguidos, algunos de ellos millonarios, levantando por decreto los reparos de legalidad de la Intervención General que advertía que esta forma de actuar era contraria a la ley de Contratos del Sector Público y a las Bases y Pliegos de los concursos».
El Ministerio Público se expresaba en esos términos en un informe hecho público en junio de 2020, sin llegar a atribuir ningún cargo concreto a Clavijo. Formalmente no se le puede imputar si no es ante el Tribunal Supremo, por su condición actual de senador.
Defensa de su abogado
En su nueva solicitud de archivo del «caso Reparos», el abogado del líder de Coalición Canaria advierte de que se ha agotado ya el tiempo máximo de instrucción de la pieza separada que afecta a su cliente. Dice además que las pruebas recabadas rebaten también la acusación de malversación de fondos públicos.
Esa es la conclusión que extrae la defensa del «informe definitivo» de la Intervención Municipal aportado al Juzgado. Bajo su criterio, «se evidencia: 1) que no ha existido perjuicio alguno para el Ayuntamiento de la Laguna, 2) no existe conducta que pueda ser subsumible en el delito de malversación de caudales públicos del art. 432 del Código Penal y 3) la actuación de los órganos políticos, hoy denunciados, salvaguardaron el interés general y permitió que se continuara prestando servicios esenciales para el municipio».
El letrado de Clavijo alega que los funcionarios municipales responsables de los diferentes servicios prorrogados eran partidarios de darles continuidad, hasta que fueran licitados de nuevo, y que el interventor no tenía «jerarquía» sobre ellos.
Así que, «sobre la base de la discrepancia, el órgano político debía resolver ponderando ambas posiciones y resolviendo lo que procediera en pro del interés general», añade, en referencia a la competencia del alcalde para levantar un reparo del interventor.
La defensa denuncia que la querella de Santiago Pérez «olvida selectivamente» que los reparos se levantan siguiendo un procedimiento previsto en la Ley de Haciendas Locales, «dando cuenta de los antecedentes, de los argumentos de la Intervención y de las razones del servicio gestor, incluyendo la réplica de éste al reparo de la Intervención.
«En todos ellos, la alternativa de no prorrogar hubiera supuesto un grave trastorno en el funcionamiento de los servicios públicos con perjuicio para los vecinos y, en ocasiones, incluso con paralización de la propia organización municipal», argumenta.
Dar continuidad a los servicios «esenciales»
A través de su abogado, Clavijo responde a la Fiscalía y al querellante que levantar un reparo en esos términos «en ningún caso se puede considerar como mero producto de su voluntad, convertida irrazonablemente en aparente fuente de normatividad».
Su propósito, añade, consistía en dar continuidad a servicios «esenciales» obedeciendo «al interés general» de que se prestaran «de manera regular e ininterrumpidamente, tal y como prevé la legislación contencioso–administrativa».
«El señor Clavijo, junto a los servicios técnicos, concejales mencionados y demás personal del Ayuntamiento actuaron de acuerdo con una interpretación y aplicación razonable y fundada de la ley administrativa. Siempre, en todo momento, con la finalidad de satisfacer el interés público municipal. Por tanto, no puede apreciarse en la actuación administrativa contrariedad a derecho ni lesión del interés colectivo», recalca el letrado Velasco Armendral.
Sobre esa base, alega que no cabe acusar al exalcalde de La Laguna de prevaricación («no puede sostenerse razonablemente que el señor Clavijo adoptara decisión alguna con el conocimiento de actuar en contra del derecho»), porque, además, «toda la actuación administrativa fue sometida a previo análisis técnico, y en los casos que existió una discrepancia con el Interventor, se siguió rigurosamente el procedimiento legalmente establecido y se adoptó la resolución de modo responsable y con profusa motivación razonable y plausible»