Condenan al SCS a indemnizar con 273.157 euros a la familia de una niña que sufrió la amputación de ambas piernas

El Consejo Consultivo de Canarias considera que se produjo una pérdida de oportunidad por no aplicar el tratamiento adecuado a tiempo

Vídeo RTVC.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Servicio Canario de la Salud (SCS) a pagar una indemnización de 273.157 euros por no haber aplicado el tratamiento adecuado a una niña de dos años, lo que provocó la amputación de ambas piernas.

En enero de 2024, el Juzgado estimó de forma parcial el recurso presentado por los padres y estableció el pago de la mencionada cantidad, además del coste de los daños y perjuicios derivados de las futuras intervenciones a las que deberá someterse la paciente para adaptar las prótesis debido a su crecimiento y posibles complicaciones.

Camas de hospitalización del Servicio Canario de la Salud (SCS)
Camas de hospitalización del Servicio Canario de la Salud (SCS)

Los denunciantes, no obstante, reclamaban 546.314 euros, una cifra que ha sido rechazada por el TSJC, aunque con el voto particular de un magistrado que defendía que debía concederse dicha cantidad. Por su parte, el SCS no estuvo de acuerdo con la condena inicial, pero proponía como cifra alternativa el pago de 151.233 euros.

La menor acudió a urgencias por complicaciones derivadas de una infección

La sentencia recuerda que la menor fue ingresada en marzo de 2022 en urgencias por complicaciones derivadas de una infección y, un mes después, se procedió a la amputación de ambos miembros a partir de los tobillos por necrosis, tras ser trasladada de urgencia a un hospital de Madrid.

El SCS aceptó finalmente pagar tras confirmarse por parte del Consejo Consultivo de Canarias que se incurrió en una “pérdida de oportunidad”, es decir, que se pudo haber aplicado desde los primeros días un tratamiento con un antibiótico que tiene un 50 % de eficacia en estos casos.

Sin embargo, los informes periciales aportados por los padres elevan esa probabilidad de éxito a casi un 99 %, al tratarse de un antibiótico indicado para el tipo de infección bacteriana que ya aparecía “de forma inequívoca y con seguridad” en la historia clínica.

Destacan que «se podía haber actuado con mayor precaución»

El texto judicial destaca que el Consejo Consultivo consideró que, dada la sintomatología y antecedentes, la menor debía haber sido sometida a diversas pruebas, y se echa en falta la administración de antibióticos, lo que derivó en un fallo multiorgánico, por lo que “se podía haber actuado con mayor precaución”.

Se lamenta que durante los primeros días no se registraran en la historia clínica aspectos fundamentales como la saturación de oxígeno, temperatura o frecuencia cardiaca.

El TSJC concluye que “posiblemente, de haberse pautado antibióticos a la menor el tercer y cuarto día, la evolución hubiera sido favorable, sin que tuviera las fatales consecuencias que sufrió”.

El magistrado que emitió su voto particular insiste en que el origen de lo ocurrido fue la “desatención padecida en el Centro de Salud”, donde la niña no fue atendida por un pediatra, y recuerda que a partir de ahora deberá someterse a cirugías cada 12 o 15 meses para adaptar sus prótesis.

Además de la indemnización, el juez considera “inexcusable” que la administración abra un expediente a los empleados implicados para determinar si incurrieron en dolo, culpa o negligencia grave, y, en ese caso, que responda el personal y no las arcas públicas.

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