Cuatro años de cárcel para el padre de Yéremi Vargas por abusar de una menor

La menor es la hija de una exnovia del padre de Yéremi Vargas

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a cuatro años de cárcel al padre de Yéremi Vargas, el niño desaparecido en Vecindario (Gran Canaria), por haber abusado sexualmente en 2020 de una niña de doce, hija de una exnovia con la que convivía en aquellas fechas en la isla de Fuerteventura.

Juan Francisco Vargas, padre de Yéremi Vargas / Archivo RTVC

La sentencia declaró probado que un día en que Juan Francisco Vargas, de 40 años, su pareja y la menor dormían la siesta juntos, el procesado cogió una mano de la niña para que le tocara los genitales, «sin que conste que esa zona corporal estuviese descubierta».

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El acusado alegó que es víctima de «un complot»

La madre no se dio cuenta porque acababa de levantarse de la siesta y ya no estaba en el cuarto. El tribunal precisó que la niña salió de la cama tras ver lo que estaba pasando y, una semana después, se lo contó a su hermana mayor, que avisó a la madre de ambas.

Los magistrados consideran que esos hechos constituyen un delito de abuso sexual a una menor de 16 años según el Código Penal de 2015, aplicable al momento de los hechos, «el cual se corresponde con un delito de agresión sexual, sin empleo de violencia ni intimidación, a una menor 16 años», de acuerdo con la reforma legal de 2022.

Durante el juicio, Vargas trató de alegar que era víctima de «un complot» urdido por la familia de su expareja y negó que hubiera sucedido lo que víctima de los hechos había testificado. Sin embargo, las psicólogas forenses no apreciaron ninguna fabulación en ella.

«No hay motivos para presumir que el relato es fruto de una actuación tendenciosa y falaz, ni se atisban motivos que inhabiliten o debiliten la credibilidad del testimonio», según aseguró la Audiencia.

Vargas tendrá que mantenerse alejada de la víctima durante siete años

La sala estima que la versión que dio Vargas sobre por qué lo denunciaron es comprensible, dado su situación actual, pero no tiene fuerza suficiente por sí sola para restar validez a lo que declaró la menor

A juicio del tribunal, el delito sexual cometido en ese caso «es fruto no solo de la falta de consentimiento, sino también de la irrelevancia del mismo dada la edad de la menor afectada, como también del aprovechamiento por parte del sujeto activo de su clara situación de superioridad derivada de su ascendencia sobre la víctima, confianza y de la convivencia familiar«.

El fallo condena a demás a Vargas a mantenerse alejado de la víctima durante siete años, a indemnizarla con 3.000 euros y a pasar cuatro años en situación de libertad vigilada una vez que cumpla la pena de prisión.

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