Culminan la firma de 100 expedientes de menores migrantes para su traslado desde Canarias a la Península

A estos expedientes de traslado se suman otros 44 archivados debido a la mayoría de edad de los inmigrantes tras informe del Ministerio Fiscal

La Delegación del Gobierno en Canarias ha culminado y firmado 100 expedientes de menores migrantes no acompañados para su traslado a Península en aplicación tanto del artículo 5 como de la disposición adicional primera del Real Decreto 658/2025.

En un comunicado, la Delegación precisa que esos expedientes responden a los dos mecanismos previstos en esa normativa: el traslado exprés para los menores que llegue a partir de la declaración de contingencia (en el caso de Canarias, a partir del 29 de agosto), y la reubicación de los que ya estaban en el sistema de acogida.

Para el primer caso, el decreto fija un plazo máximo de 15 días, que las autoridades están teniendo muchas dificultades en cumplir por los trámites pertinentes, y para el segundo supuesto los expedientes deben resolverse en cuatro meses.

Culminan la firma de 100 expedientes de menores migrantes para su traslado desde Canarias a la Península
Culminan la firma de 100 expedientes de menores migrantes para su traslado desde Canarias a la Península. Imagen de Archivo

Se suman a los 44 archivados

A estos expedientes de traslado tramitados por la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas y la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife y resueltos por la Delegación del Gobierno en Canarias, se suman los 44 archivados por mayoría de edad de la persona migrante tras informe del Ministerio Fiscal o por informe negativo de la Fiscalía al considerar que tenían arraigo en Canarias.

De acuerdo con el citado Real Decreto por el que se regulan las medidas a adoptar en situaciones de contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y la adolescencia migrante no acompañada, desde la notificación de la resolución de ubicación y traslado, la Comunidad Autónoma de Canarias debe ejecutar la salida del menor hacia la Comunidad de destino en un plazo máximo de cinco días naturales.

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