Ordenan expedientar a Endesa por cortar la luz cuatro meses a un vecino de Adeje

El TSJC exige al Gobierno canario que inicie un expediente a Endesa por dejar al ciudadano se quedó sin este servicio por una confusión en la dirección en la que se cortó el suministro solicitado por otro consumidor

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ordenado al Gobierno canario que inicie un expediente de depuración de responsabilidad a Endesa por mal funcionamiento en el corte de energía eléctrica del que fue víctima un vecino de Adeje durante cuatro meses.

Ordenan expedientar a Endesa por cortar la luz cuatro meses a un vecino de Adeje. En una imagen de archivo, técnicos de Endesa supervisando arquetas eléctricas en Santa Cruz de Tenerife. Endesa.
Ordenan expedientar a Endesa por cortar la luz cuatro meses a un vecino de Adeje, Tenerife. En una imagen de archivo, técnicos de Endesa supervisando arquetas eléctricas en Santa Cruz de Tenerife. Endesa.

El 16 de julio de 2019, la entonces denominada Dirección General de Industria y Energía dictó una resolución mediante la cual se desestimaba la reclamación presentada por el afectado, al considerar el ejecutivo que «no se observa incumplimiento de la normativa vigente por parte de la empresa eléctrica reclamada».

Una vez notificado el acuerdo al vecino el 30 de agosto, fue recurrido, tras lo que volvió a ser confirmada, por lo que el ciudadano recurrió a los tribunales para que la compañía fuera declarada responsable y se fijara una sanción en 13.605 euros más intereses.

El TSJC calificó de «capcioso» el argumento del ejecutivo autónomo de echarle la culpa al vecino, que considera “desasistido”, dado que el corte lo hizo la compañía a petición del dueño de otra vivienda sin presentar prueba alguna de que era el propietario real. “En consecuencia, la entidad no tiene un solo documento acreditativo que avale el cambio de usuario y el derecho a realizarlo”, dice el fallo.

Responsabilidad objetiva de Endesa

A la empresa, en cuanto que obtiene un beneficio económico por este servicio, se le culpa de no haber tenido “la máxima diligencia en su cometido, por lo que existe una presunción del culpa o responsabilidad objetiva”.

En consecuencia, la resolución anulada exime “indebidamente” a la empresa de su responsabilidad por un indebido corte de suministro eléctrico, que duró cuatro meses, por lo que el TSJC obliga a iniciar el expediente sancionador.

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