Han intervenido ocho kilos de cogollos de marihuana y más de 230 gramos de resina de hachís en una tienda de ‘CBD’ de Las Palmas de Gran Canaria
El Servicio de Vigilancia Aduanera de la Agencia Tributaria ha intervenido más de ocho kilos de cogollos de marihuana y más de 230 gramos de resina de hachís durante el registro de una tienda de cannabidiol (‘CBD’) en Las Palmas de Gran Canaria.
Los análisis de laboratorio han permitido confirmar la presencia de ‘THC’, el psicoactivo del cannabis, en los productos intervenidos. El ‘THC’ está incluido en la lista de estupefacientes sometidos a fiscalización internacional.
La actuación parte de investigaciones llevadas a cabo por la Unidad Operativa de Vigilancia Aduanera de Las Palmas a raíz de una intervención realizada en el año 2021. En esa operación, se interceptaron varios paquetes que, amparándose en comercializar ‘CBD’, de acuerdo con los análisis de Sanidad incluían productos de cannabis con ‘THC’ y, por tanto, estupefacientes. Los envíos inicialmente tenían por remitente a un particular. Posteriormente se realizaban desde una tienda de ‘CBD’ y una empresa recién creada.
Se efectuó un registro en la tienda
Tras la detección de los paquetes y la certificación de la existencia de ‘THC’ por parte de Sanidad, se solicitó al Juzgado de Instrucción competente de Las Palmas el correspondiente mandamiento de entrada y registro para la tienda de ‘CBD’. En total, se intervinieron 8,2 kilos de cogollos de marihuana y 238 gramos de resina de hachís, así como un TPV, un ordenador, dos teléfonos móviles, un vehículo y 845 artículos (capsulas, vapeadores, pastillas, aceites y cosméticos) con contendido en ‘CBD’ y que están pendientes de que Farmacia determine si son legales o no.
Tras realizar los análisis de laboratorio a las sustancias intervenidas se ha confirmado la presencia de ‘THC’, tanto en los cogollos de marihuana como en la resina de hachís. Se trata de una sustancia incluida en la lista de estupefacientes sometidos a fiscalización internacional por la Convención de Viena.
La Convención de 1961, suscrita por casi 200 naciones, incluida España, establece que los cogollos de la planta están sometidos a fiscalización y son estupefaciente, por lo que su uso debe limitarse a fines médicos y científicos con la autorización previa de cultivo correspondiente.
Imputado por delitos de contrabando y contra la salud pública
La Convención excluye únicamente de fiscalización las hojas no unidas a los cogollos y las semillas de la planta, que se pueden cultivar para uso únicamente industrial (textil, jabones, etc) u hortícola, destruyendo el resto de la planta.
Las referencias al umbral de ‘THC’ se establecen por la normativa en un plano radicalmente distinto al del control de estupefacientes, como es el marco de la Política Agrícola Común. Esto permite activar ayudas a los productores de cáñamo solo si la finalidad del cultivo es la obtención de fibra, grano o semillas, y con la exigencia de que las plantas no superen el 0,2% de concentración de ‘THC’ (0,3% desde el 1 de enero de 2023).
Como consecuencia de la investigación, se ha imputado al responsable de la empresa de la comercialización de estos productos los delitos de contrabando y contra la salud pública.