La sentencia declara el derecho de los trabajadores afectados a la reincorporación inmediata en sus puestos de trabajo en las mismas condiciones que regían antes del despido
La Audiencia Nacional ha declarado nulo el despido colectivo de 22 tripulantes de cabina de Crewlink, que prestaban servicio para los aviones de Ryanair en España en las bases de Gran Canaria, Tenerife y Lanzarote.
También ha declarado nulo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de Crewlink, la agencia de colocación de Ryanair, según ha informado el sindicato USO, demandante junto al sindicato que representa a los tripulantes de cabina de pasajeros SITCPLA.
La Audiencia Nacional estima la demanda de ambos sindicatos contra estos despidos alegando falta de buena fe en la negociación del ERE, así como fraude de ley.
Reincorporación inmediata
La sentencia declara el derecho de los trabajadores afectados a la reincorporación inmediata en sus puestos de trabajo en las mismas condiciones que regían antes del despido, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar.
Determina que la empresa dilató sin motivo alguno el inicio del proceso de consultas del ERE y siguió ofertando vacantes y recolocaciones a los afectados durante el proceso negociador.
La Audiencia entiende que el proceder de la compañía supone un uso «fraudulento» del despido colectivo y «la ausencia de buena fe que debe regir el periodo de consultas”.
Para USO, el contenido de esta sentencia define el modo de Ryanair de tratar a sus trabajadores, que es «humillante, indigno e inaceptable» en un sector como el aéreo donde debe primar la seguridad, y al que la justicia está poniendo límites».