Nuevo millonario en Vecindario, Gran Canaria

La combinación 08 – 31 – 33 -40 – 41 – 42 de La Primitiva dejó este jueves 87 millones de euros en Vecindario, en el sureste de Gran Canaria

¿Sabes qué hacer si ganas un premio de lotería? Te dejamos algunos datos útiles

Nuevo millonario en Vecindario, Gran Canaria
Administración de Loterías y Apuestas del Estado. Calle Bentejui, 2, Vecindario, Gran Canaria. Foto: Google Maps

Este viernes ha amanecido con un nuevo millonario en Vecindario. El sorteo de La Primitiva dio ayer, jueves, 22 de agosto, un premio de 87 millones de euros. El boleto fue adquirido en la administración ‘Juan El Chico’ de la calle Bentejui, 2, de la localidad grancanaria.

La combinación ganadora ha sido 08 – 31 – 33 -40 – 41 – 42, el reintegro, 5, y el complementario, el 48. El número de Joker: 2 686 917.

Cabe destacar que tan solo hubo un acertante en todo el territorio nacional, y que se trata del segundo premio de mayor envergadura de toda la historia de La Primitiva en España. El primero, en Canarias.

El ganador, o ganadora, aún desconocido, selló su boleto por Internet con un código promocional vinculado al establecimiento.

Vídeo RTVC

¿Qué debes saber a la hora de reclamar un premio?

¡Enhorabuena! ¡Te has sacado la lotería y eres millonario! O eres una persona previsora. Lo cierto es que el proceso de reclamación de uno premio lotero no es especialmente complicado.

Lo primero es ponerse en contacto con la entidad organizadora del sorteo o con la administración autorizada para la venta de boletos. Por lo general, ellos te explicarán el proceso a seguir. Sin embargo, hay algunos detalles que puede que te sirvan:

Exento de impuestos

Debes saber que hay algunas cuantías que están exentas de impuestos. Según lo dispuesto por la Agencia Tributaria, desde el 1 de enero de 2020, la cuantía exenta será de hasta 40.000 euros.

Los premios superiores a la misma tributan respecto de la parte que exceda de las mismas. Así, la base imponible será el importe del premio que exceda de la cuantía exenta. En caso de tratarse de titularidad compartida, la base se dividiría entre los titulares, dependiendo de la cuota que les corresponda. Además, es importante conocer que el gravamen se devenga en el mismo momento en el que se abona el premio.

Retención del 20%

Los premios sujetos al gravamen especial, aunque estén exentos en virtud de lo dispuesto en un convenio para evitar la doble imposición que resulte aplicable, estarán sometidos a retención o ingreso a cuenta.

El porcentaje de retención o ingreso a cuenta será el 20%.

Declaración del premio

Los contribuyentes que hubieran obtenido premios sujetos al gravamen especial estarán obligados a presentar una declaración (modelo 136).

No obstante, no existirá obligación de presentar la citada declaración cuando el premio obtenido sea de cuantía inferior al importe exento o se hubiera practicado en relación con el mismo la retención o el ingreso a cuenta previsto.

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