Tres meses de prisión a un sargento en Fuerteventura por falsear pruebas médicas

Un sargento es condenado en Fuerteventura a tres meses de prisión y suspensión de empleo y sueldo por falsear pruebas médicas de extracción de sangre

Tres meses de prisión a un sargento en Fuerteventura por falsear pruebas médicas
Tres meses de prisión a un sargento en Fuerteventura por falsear pruebas médicas

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo (TS) ha condenado a un sargento en Fuerteventura a tres meses de prisión y suspensión de empleo y sueldo durante el mismo tiempo, al considerarlo responsable de un delito de “deslealtad” por falsificar pruebas médicas de extracción de sangre.

En primera instancia el tribunal territorial militar de Santa Cruz Tenerife impuso una condena de cuatro meses. Aunque, ahora queda rebajada en un mes al haber confesado lo ocurrido a sus superiores antes de conocer que se había iniciado un procedimiento judicial en su contra.

El fallo firme considera probado que el sargento, con antecedentes penales, a finales de 2021 compareció en el botiquín de su unidad aportando una analítica con fecha 19 de octubre.

La doctora pudo observar una serie de anomalías, entre otras, como que en el encabezado de la primera página los datos referentes a la edad, fecha, número de análisis y paciente aparecían desplazados hacia la izquierda.

El sargento confesó ante la médica y un teniente que había falsificado esta analítica y presentado una anterior modificando la fecha. Así, admitió que “fue un error mío porque no había tenido tiempo de hacer otra”.

El reconocimiento

El fallo fue recurrido ante el TS alegando no haberse aplicado circunstancias atenuantes, lo que fue aceptado por la Sala de lo Militar.

El reconocimiento médico anual al que se debía someter el acusado iba a determinar si estaba en condiciones de realizar las pruebas físicas. De ahí, la importancia que tenían en cuanto “se trata de proteger la eficacia e integridad del servicio”.

Pero también tiene como finalidad detectar posibles estados de intoxicación y el consumo de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

En definitiva, el TS no alberga duda de que el recurrente actuó “a sabiendas de que su intención era dar información falsa, aportar una analítica anterior, alterando la fecha, para acreditar que estaba en condiciones de poder realizar las pruebas físicas reglamentariamente establecidas”.

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