La sentencia prohíbe vetar comida y bebida del exterior y cobrar por devolver saldos ‘cashless’
El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Valencia ha declarado nulas las cláusulas del festival Madrid Salvaje que vetaban comida y bebida externas. La resolución confirmó “la abusividad” de estas prácticas y se convirtió en la primera en España que frena esta medida en festivales. Facua informó que la denuncia también señaló el cobro de tres euros por devolver el saldo de las pulseras ‘cashless’. La sentencia calificó esa práctica como ilegal y vetó su repetición.
La resolución estimó parcialmente la demanda de Facua y ordenó a la promotora Madrid Salvaje AIE que cese esas cláusulas y no vuelva a imponerlas. El juez afirmó que la empresa no acreditó que “se está prestando un servicio que merezca dicho precio” y recordó que “la actividad esencial del evento es meramente musical”.
Un servicio no solicitado
El magistrado indicó que resulta “harto difícil” asistir tantas horas a un festival sin consumir comida o bebida. También señaló que obligar al público a salir para comer generaría pérdida del espectáculo. Añadió que “de prohibirse la entrada o comida del exterior, de hecho, se está obligando a consumir en los establecimientos del interior del recinto”, lo que fuerza un servicio no solicitado.
Facua recordó que Madrid Salvaje AIE ya recibió una multa de la Comunidad de Madrid por cláusulas abusivas en el festival Brava Madrid. La sanción, de 96.000 euros, surgió tras otra denuncia por imponer la pulsera ‘cashless’ como único método de pago y por cobrar tres euros al recuperar saldos no consumidos en la edición de 2023.


