El Ministerio Fiscal y las acusaciones piden 42 años de cárcel: 25 por asesinato, 15 por agresión sexual y dos por allanamiento de morada
Este martes el Jurado ha declarado en la Audiencia de Las Palmas culpable de asesinato, allanamiento de morada y agresión sexual al joven procesado, el primo de la víctima, por haber matado a Vanessa Santana, en Betancuria el 4 de junio de 2018. Sin que pueda acogerse a ningún tipo de atenuante.
En vista de este veredicto, el Ministerio Fiscal y las acusaciones ejercidas por la familia de la víctima y el Instituto Canario de Igualdad han pedido al Tribunal que Jonathan de Jesús R.S. sea condenado a 42 años de cárcel: 25 por asesinato, 15 por agresión sexual y dos por allanamiento de morada.
Veredicto por unanimidad
El Jurado considera probados por unanimidad que el acusado sustrajo las llaves del domicilio de la víctima, al que accedió en torno a las 7.15 de la mañana tras comprobar que esta estaba sola y haber visto desde la ventana que los padres con los que convivía la fallecida habían salido. Momento en el que entró en la casa portando un martillo, dos navajas y una cuerda, vistiendo una sudadera con capucha que se colocó en la cabeza. Además de unos guantes de nitrilo para no dejar huellas ni vestigios.
Asesinato y agresión sexual
Tras subir a la segunda planta, donde dormía la víctima, sin encender la luz para no despertarla y con la intención de acabar con su vida, aprovechó que esta dormía y no tenía posibilidad de defenderse para asestarle varios golpes con el martillo en la cabeza. Esto provocó que Vanessa se despertase gravemente herida y aturdida.
Vanessa llegó a levantarse de la cama e intentó protegerse de los golpes tapándose la cara, así como pedir ayuda, pero el acusado lejos de deponer su agresión siguió golpeándola con fuerza en la cara y la cabeza hasta aproximadamente propinarle unos 30 golpes. Además de colocarle un cinturón alrededor del cuello y presionarlo con fuerza para asfixiarla, relata el veredicto.
Estando Vanessa gravemente herida y desangrándose, añade, el acusado usó un objeto redondeado, bien el mango del martillo o de la navaja o ambos, y se lo introdujo con fuerza por vía anal y vaginal.
La agresión le causó la muerte a Vanessa por traumatismos cráneo-encefálicos graves, lesiones en el cuello y hemorragia masiva.
Después de cometer los hechos, el acusado trató de limpiar la sangre y ocultar el cuerpo sin vida de su prima. Pero al no poder hacerlo abandonó la vivienda a través de una puerta trasera para entrar en su casa a través de una ventana de la caja de escaleras.
Una vez en su domicilio, trató de deshacerse de la ropa y las armas arrojándolas en una bolsa de basura a una vivienda de la urbanización que sabía estaba desocupada. Se olvidó la chaqueta con capucha que portaba en el momento de los hechos en el baño de su domicilio.
El Jurado considera que el acusado estaba en plena facultad para saber la gravedad y controlar sus impulsos
Aunque el Jurado ha declarado probado que el acusado tiene un retraso mental leve, ha descartado que esta discapacidad intelectual, sumado a una reacción mixta de ansiedad y depresión le impidiese saber lo que estaba haciendo, tal y como alegaba la defensa.
No se ha valorado, por lo tanto, la supuesta alteración psíquica como atenuante de la pena ni tampoco la atenuante de confesión. El jurado ha considerado que el acusado actuó en planas facultades cognitivas, que lo hizo de forma premeditada y aprovechando la indefensión y la relación que mantenía con la víctima.
Las acusaciones han pedido una indemnización de 150.000 euros al padre y 150.000 euros a la madre de la víctima, 50.000 al hermano y 30.000 euros al novio.
Durante el juicio, el acusado se declaró mujer, pidiendo ser llamado Lorena, un hecho que no ha sido tenido en cuenta por el Jurado.