Un auto del Juzgado de Las Palmas de Gran Canaria confirma que la asociación no ha ejecutado lo ordenado en 2022 y obliga a completar las medidas pendientes
El Juzgado de Primera Instancia número 17 de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado un auto, fechado el 18 de noviembre de 2025, que confirma que la sentencia firme de 27 de julio de 2022, por la que fueron condenadas la Asociación de Mujeres Cineastas y de Medios Audiovisuales (CIMA) y Cristina Andreu por vulnerar el honor de la productora canaria Marta de Santa Ana, no ha sido ejecutada en sus términos esenciales.
El despacho Arauz de Robles, que representa a la productora, acreditó que los comentarios lesivos seguían publicados en la web y redes de CIMA, que la sentencia no aparecía íntegra en el enlace indicado por la entidad. También, que no constaba publicación en la Agencia EFE y que los enlaces en distintos medios digitales no cumplían lo ordenado. La jueza ordena continuar la ejecución hasta su completo cumplimiento. Igualmente, condena a CIMA y a Cristina Andreu al pago de las costas del proceso de oposición.
La productora no ha recibido disculpas de la asociación
El auto judicial llega después de que el Tribunal Supremo ratificara en enero de 2025 la condena a CIMA y a su entonces presidenta Cristina Andreu, al considerar que su actuación estigmatizó a la productora y afectó de forma grave a su vida profesional. La productora no ha recibido disculpas de la nueva dirección de la asociación, que tampoco ha subsanado el incumplimiento.
Igualmente, en la última Junta General de la Academia de Cine se llegó a leer públicamente la sentencia firme, ante lo que una asistente que se identificó como miembro de CIMA volvió a estigmatizar a la productora, desviando la atención con afirmaciones que la sentencia prohíbe expresamente.


