Los alquileres revisados podrán subir un 2,1% con el nuevo índice de referencia

A partir de ahora, los alquileres que se revisen podrán subir hasta un 2,1% conforme al índice de referencia publicado por el INE

Esto se aplica a los contratos firmados tras la entrada en vigor de la ley de vivienda

Los alquileres revisados podrán subir un 2,1% con el nuevo índice de referencia
Los alquileres revisados podrán subir un 2,1% con el nuevo índice de referencia. Foto de archivo

Los alquileres que se revisen ahora podrán subir hasta un 2,10%, según el índice de referencia publicado este martes por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Éste se aplica a los contratos firmados tras la entrada en vigor de la ley de vivienda, el 25 de mayo de 2023.

Este nuevo dato, correspondiente a junio de 2025, es superior al registrado un mes antes.

Desde que entró en vigor este índice de referencia de arrendamiento, las subidas han sido del 2,2% en noviembre, del 2,28% en diciembre, del 2,19% en enero, del 2,08% en febrero, del 1,98% en marzo, del 2,09% en abril, del 1,9% en mayo y del 2,1% en abril.

El INE ha situado este martes la inflación de junio en el 2,3% y la subyacente en el 2,2%.

La Ley de Vivienda establece una serie de medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de alquiler y determinaba que sería el INE el encargado de definir este índice de referencia para la actualización anual de los contratos a fin de evitar incrementos desproporcionados, como se estaban registrando por la inflación.

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En qué consiste este nuevo índice

Los alquileres se actualizaban tradicionalmente en la mayoría de los casos con el IPC, pero hace más de dos años cuando la inflación se disparó, el Gobierno decidió en abril de 2022 limitar la subida de los alquileres al 2% y para 2024 fijó este porcentaje en el 3%. Con la entrada de 2025 esos límites a la subida del alquiler desaparecieron, empezando a aplicarse este nuevo índice de referencia.

Las actualizaciones se producen de forma anual, por lo que los caseros que tengan que revisar el alquiler a sus inquilinos podrán aplicar como máximo esta subida. Aunque, también existe la posibilidad de prorrogar la renta durante 5 años si el propietario de la vivienda es un particular o hasta 7 años si es un gran inversor.

Si el propietario decide aplicar esta subida al inquilino tendrá que notificársela por escrito, respetando los plazos y condiciones recogidos en el contrato. Para que propietarios e inquilinos puedan calcular cómo se actualiza la renta del alquiler, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha habilitado una herramienta web para que arrendadores y arrendatarios conozcan cuál es el precio máximo que puede actualizarse la renta del alquiler en virtud del contrato de arrendamiento acordado.

Desde que se publicó este índice, algunos agentes del sector han criticado la media considerando que en la práctica supone un tope a la actualización de las rentas para que se encuentren siempre por debajo de la inflación real. Esto, en su opinión, desincentiva el mercado del alquiler y la generación de más oferta.

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