La Justicia considera que el Plan Insular de Ordenación se tramitó para adaptarse a una normativa ya derogada, lo que lo convierte en “nulo de pleno derecho”
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha declarado nula de pleno derecho la revisión del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria, al estimar íntegramente un recurso presentado contra este instrumento urbanístico.
La resolución judicial concluye que el plan se tramitó con el objetivo de adaptarse a una normativa que ya se derogó en el momento de su aprobación definitiva.
Según el tribunal, resulta incompatible aprobar una revisión urbanística basada en una ley sin vigencia, en referencia a la Ley 19/2003 de Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias.
Documento sin base legal
En este sentido, la Sala considera que mantener en el planeamiento referencias a una normativa “expulsada del ordenamiento jurídico” carece de sentido, lo que deja al documento sin base legal y, por tanto, inválido.
La sentencia también rechaza la interpretación del régimen transitorio defendida por la Administración y subraya que no se respetaron las condiciones establecidas en la legislación del suelo vigente.
El fallo afecta a la revisión aprobada por el Cabildo el 29 de diciembre de 2022 y publicada en enero de 2023, y abre la puerta a la presentación de recurso de casación ante el Tribunal Supremo o ante la propia Sala del TSJC.


