El BOE publica el nuevo reglamento de extranjería aprobado en Consejo de Ministros. Plantea una reforma después de 13 años
Este martes entra en vigor el nuevo reglamento de extranjería, una herramienta con la que el Gobierno prevé regularizar a unas 900.000 personas en los próximos tres años pero que ha despertado un gran rechazo por los posibles riesgos que entraña para colectivos como los solicitantes de asilo o la infancia.

El texto fue aprobado en Consejo de Ministros el pasado 19 de noviembre y entra en vigor ahora, seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Desde entonces, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, lo ha presentado como una ambiciosa reforma que, después de 13 años y bajo una perspectiva de defensa de los derechos humanos, da respuesta a la realidad migratoria actual, adaptando la normativa europea en la materia.

Reconfiguración de la figura del arraigo
En esta línea, una de sus novedades más importantes es que se reconfigura la figura del arraigo en cinco tipos -social, sociolaboral, socioformativo, de segunda oportunidad y familiar- y reduce de 3 a 2 años el tiempo de permanencia en España necesario para acceder a ella.
También se crea una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles con el fin de mejorar la figura de la reagrupación familiar, a través de una ampliación de su cobertura, por ejemplo, al extender la edad de los hijos beneficiarios de 21 a 26 años.
Entre sus puntos positivos, el nuevo reglamento establece que todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro, con el fin de evitar situaciones de irregularidad sobrevenida.
Y las personas que vengan a España para cursar sus estudios contarán con una autorización de estancia inicial que dure el mismo tiempo que su formación y se les facilitará una vía rápida para poder enlazarla con una de trabajo cuando acaben los estudios. Además, mientras se forman, podrán trabajar un máximo de 30 horas semanales.
Riesgos para los solicitantes de asilo y menores
En la otra cara de la moneda está una novedad del nuevo texto que ha despertado grandes críticas de muchas oenegés de defensa de derechos de los migrantes, fuerzas políticas e instituciones como el Defensor del Pueblo.
Y es que el nuevo texto establece que el tiempo de residencia en España como solicitante de protección internacional no computará como tiempo a tener en cuenta para optar al arraigo, por lo que una persona cuya petición sea denegada caerá en la irregularidad y deberá permanecer en ella hasta dos años para conseguir los papeles.
Como vía transitoria, durante un año, el Gobierno reduce de 2 años a 6 meses el tiempo de residencia exigido para que los solicitantes de asilo rechazados puedan acceder al arraigo, lo que ha provocado que muchos potenciales refugiados que ya estaban viviendo y trabajando regularmente en España hayan renunciado a su petición y caído en la irregularidad.
Recurso al Tribunal Supremo
Esto ha llevado a siete entidades sociales -la Asociación Pro Derechos Humanos de España y Coordinadora de Barrios por un lado y Andalucía Acoge, Cáritas, CEAR, Red Acoge y Servicio Jesuita a Migrantes por otro- a recurrir el reglamento ante el Tribunal Supremo, que aún no ha pronunciado al respecto.
También el Defensor del Pueblo registró el pasado viernes un informe en las Cortes Generales en el que advierte de que la entrada en vigor del reglamento «podría abocar a la irregularidad sobrevenida a miles de menores».
Estos efectos negativos de la norma han llevado al Gobierno a estudiar nuevas vías para paliar estos daños y a cambiar su posición respecto a la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para la regularización extraordinaria de migrantes, que no había estado entre sus prioridades hasta ahora.
En los últimos días, el PSOE ha impulsado las negociaciones en el Congreso con los diferentes grupos para impulsar la tramitación de esta iniciativa, que llegó al Congreso respaldada por más de 600.000 firmas y lleva allí más de un año estancada.