La orden del juez deriva de una denuncia presentada por Mediaset, Antena 3 y Movistar en la que acusaban a la aplicación de alojar sin permiso contenido protegido por derechos de autor
El juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, ha dado tres horas a las operadores para bloquear en España la aplicación de mensajería instantánea Telegram, que contarían desde la recepción de la comunicación judicial, según figura en el auto del magistrado.
La orden del juez deriva de una denuncia presentada por Mediaset, Antena 3 y Movistar en la que acusaban a la aplicación de alojar sin permiso contenido protegido por derechos de autor.
Un auto por el que Pedraz dirige un mandamiento a las operadoras de telecomunicaciones y de acceso a Internet con autorización para operar en España para procedan a la suspensión de los recursos asociados a Telegram.
Bloquear Telegram
Se trata de una medida cautelar en el marco de un procedimiento por un delito de vulneración continuada de derechos de propiedad intelectual contra los titulares de diversos canales creados en la red social Telegram.
Pedraz, titular de Juzgado Central número 5 de la Audiencia Nacional, considera esta medida «necesaria, idónea y proporcional» porque, según él, no existe alternativa que pueda detener la reiteración de los hechos denunciados.
Acusación particular
El auto recuerda que las autoridades de las Islas Vírgenes no han colaborado con la comisión rogatoria enviada con el fin de que Telegram informase de determinados datos técnicos que permitirían identificar a los titulares de las cuentas utilizadas para la infracción de los derechos de propiedad intelectual de las entidades personadas como acusación particular.
Por tanto, dice el juez, quedarían pendientes numerosas diligencias de investigación que dependería de la información que facilitara la ejecución de la comisión rogatoria.
Así, insiste en que el incumplimiento reiterado de la petición dirigida a Islas Vírgenes de 28 el julio del 2023 impide la continuación de la instrucción de la causa.
Responsables de la red social Telegram
Y es precisamente esa falta de colaboración de las autoridades de Islas Vírgenes, a las que solo se les pide una actividad de comunicación a los responsables de la red social Telegram, provoca que deban adoptarse las medidas cautelares solicitadas por las acusaciones particulares, es decir, el bloqueo.
«Esta reiterada comisión del delito contra los derechos de la propiedad intelectual justifica la adopción de las medidas cautelares interesadas al concurrir los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad», subraya el juez en su auto.
A su juicio, las medidas cautelares solicitadas se erigen como las únicas posibles ante la falta de colaboración de las autoridades de Islas Vírgenes. «No existe otro tipo de medida que pueda detener la reiteración de los hechos denunciados», apostilla.
Añade que la medida acordada es idónea porque su ejecución pondría fin al acceso a través de la red Telegram a los contenidos de los derechos de propiedad intelectual de los denunciantes.
La medida también es necesaria y «proporcional» ante la gravedad de la conducta denunciada, y tiene apoyo legal. De hecho, Pedraz reproduce el artículo 13.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.