Finalizan los trámites para el traslado de 227 menores inmigrantes desde Canarias

Los expedientes responden a los dos mecanismos previstos en esa normativa: el traslado exprés para los menores que llegue a partir de la declaración de contingencia y la reubicación de los que ya estaban en el sistema de acogida

La Delegación del Gobierno en Canarias ha finalizado 227 expedientes de menores inmigrantes no acompañados para su traslado desde las islas a otras comunidades autónomas, de acuerdo al decreto que regula la ayuda que deben recibir las regiones declaradas en contingencia migratoria.

Finalizan los trámites para el traslado de 227 menores inmigrantes desde Canarias. Imagen de archivo del rescate de 59 personas localizadas a bordo de una lancha neumática a 73 kilómetros al este de Lanzarote. EFE/Carlos de Saá
Finalizan los trámites para el traslado de 227 menores inmigrantes desde Canarias. Imagen de archivo del rescate de 59 personas localizadas a bordo de una lancha neumática a 73 kilómetros al este de Lanzarote. EFE/Carlos de Saá

Esos expedientes responden a los dos mecanismos previstos en esa normativa: el traslado exprés para los menores que llegue a partir de la declaración de contingencia (en el caso de Canarias, a partir del 29 de agosto), y la reubicación de los que ya estaban en el sistema de acogida, indica la Delegación en un comunicado.

Para el primer caso, el decreto fija un plazo máximo de 15 días, que las autoridades están teniendo muchas dificultades en cumplir por los trámites que lleva asociados, y para el segundo supuesto los expedientes deben ser resueltos en cuatro meses.

Expedientes archivados por pruebas de edad

A estos expedientes de traslado se suman otros 92 archivados debido a las pruebas de edad que han determinado que los candidatos eran mayores de edad o como consecuencia de informes de la Fiscalía que han aconsejado que esos jóvenes sigan en Canarias por razones de arraigo.

Desde la notificación de la resolución de ubicación y traslado, el Gobierno de Canarias debe ejecutar la salida del menor hacia la comunidad de destino en un plazo máximo de cinco días naturales, de acuerdo a la ley, recuerda la Delegación.

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