‘La Buchaca’ analiza el crowdfunding inmobiliario

El programa sobre economía de La Radio Canaria aborda esta forma de financiación en el sector inmobiliario

El crowdfunding inmobiliario ha superado los 53,000 millones de euros en 2023

En el nuevo capítulo de ‘La Buchaca‘, programa de economía de La Radio Canaria, el presentador Carlos Guillermo Domínguez se detiene a analizar el crowfunding inmobiliario con David Cedeño, Real Estate Investment Manage de Walliance. Será este jueves 10 de octubre a partir de las 21:00 horas.

El crowdfunding inmobiliario ha alcanzado una recaudación acumulada de 53,000 millones de euros en 2023, según el “Real Estate Crowdfunding Report 2023” presentado por Walliance y la Universidad Politécnica de Madrid. A pesar de la subida de tipos de interés y la inestabilidad geopolítica, el mercado ha mostrado una notable recuperación, con una contribución de 12,000 millones de euros solo desde la Unión Europea.

El informe también destaca el interés de los inversores en proyectos residenciales, especialmente en áreas rurales y turísticas, donde el 47% de las campañas se concentraron en estas regiones. Además, el 64% de los proyectos están relacionados con nuevas construcciones, reflejando una fuerte demanda de desarrollo inmobiliario.

Rendimiento y perspectivas para 2024

A nivel europeo, Francia lidera el sector, seguida de Alemania e Italia, con las principales plataformas consolidando su posición en el mercado. Aunque ha habido un aumento en los retrasos de reembolso inferiores a seis meses, el porcentaje de impagos ha disminuido, indicando una mayor estabilidad en las inversiones.

En términos de rentabilidad, los proyectos de crowdfunding inmobiliario han ofrecido rendimientos netos anualizados medios de hasta el 10%, con algunos alcanzando incluso el 12%. A pesar de los desafíos económicos, las perspectivas para 2024 siguen siendo positivas, con expectativas de un crecimiento continuo en el sector.

Alquiler vacacional

Además, el espacio también entrevista a Celenia Gil, abogada, sobre el hecho de que el Tribunal Supremo ha dictaminado que las comunidades de propietarios pueden prohibir el alquiler vacacional mediante acuerdos adoptados por mayoría de tres quintos en la junta de propietarios. Esta decisión, basada en la interpretación del artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (introducido por el Real Decreto-ley 7/2019), unifica criterios sobre la controversia existente en los tribunales provinciales.

La sentencia aclara que la prohibición del uso turístico es legítima y no requiere unanimidad, y que esta medida busca facilitar el acceso a la vivienda frente al aumento de las rentas provocado por el auge del alquiler turístico.

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