La Unión Europea (UE) reforzará su normativa y ampliará el ámbito de aplicación del marco vigente para luchar contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo con supuestos tales como imposibilitar los pagos en efectivo superiores a 10.000 euros
Los Estados miembros tendrán flexibilidad para imponer un límite máximo inferior si lo desean.
El Consejo ha acordado este miércoles su posición sobre el Reglamento contra el blanqueo de capitales (AML, por sus siglas en inglés) y una nueva Directiva (AMLD6), que junto con la propuesta de refundición del Reglamento sobre transferencias de fondos, sobre la que ya se ha alcanzado un acuerdo con el Parlamento Europeo, formarán el nuevo código normativo de la UE en materia de lucha contra el blanqueo de capitales una vez adoptado.
«Los terroristas y quienes los financian no son bienvenidos en Europa. Para blanquear dinero sucio, los delincuentes y las organizaciones criminales han tenido que buscar lagunas en nuestras normas vigentes, que ya son bastante estrictas pero nuestra intención es cerrarlas y aplicar normas aún más estrictas en todos los Estados miembros», ha afirmado el ministro de Hacienda de la República Checa, que ostenta la presidencia de turno del Consejo, Zbynek Stanjura.
Según ha explicado el ministro, la nueva normativa hará que los grandes pagos en efectivo superiores a 10.000 euros sean imposibles, dificultará que se pueda mantener el anonimato al comprar o vender criptoactivos e impedirá ocultarse tras múltiples capas de propiedad de empresas. «Incluso será difícil blanquear dinero negro a través de joyeros u orfebres», ha añadido Stanjura.
La normativa se extenderá a todo el sector de las criptomonedas
Las nuevas normas de la UE contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (AML/CFT, por sus sigla en inglés) se extenderán a todo el sector de las criptomonedas, obligando a todos los proveedores de servicios de criptoactivos a aplicar las diligencias oportunas a sus clientes, lo que implica que tendrán que verificar los hechos y la información sobre sus usuarios.
Los intermediarios de financiación de terceros, las personas que comercian con metales preciosos, piedras preciosas y bienes culturales, también estarán sujetos a las obligaciones del Reglamento, al igual que los joyeros y orfebres.